miércoles, 29 de julio de 2015

DESDE MI CALLE



JUSTICIA AL REVES


El 22 de diciembre de 1938, un día antes de diera comienzo la ofensiva final de los franquistas en Cataluña-a tres meses escasos de terminar la Guerra Civil- Ramón Serrano Suñer, cuñado de Franco y ministro del interior, anunció el nombramiento de una "comisión especial". Así comienza la introducción que Julius Ruiz, profesor de Historia en la Universidad de Edimburgo, hace de su libro La Justicia de Franco, en el que analiza, la legislación, actividad y sentencias de la Justicia Militar franquista contra los perdedores de la guerra. Sostiene el autor que Franco hizo uso de legislación anterior a su golpe de estado, como la Constitutiva del Ejército de 1878 o el Código de Justicia Militar de 1890, que reconocían a las fuerzas armadas el deber de actuar contra los enemigos externos o "internos" y otorgaban a los tribunales militares amplias facultades para juzgar a civiles. La dirección militar de la persecución posbélica engarzaba pues con una larga tradición de intervención del ejército en la justicia civil. Por lo tanto, la represión franquista no resultó en este punto tan novedosa. Lo nuevo fué el número de los afectados: cientos de miles de investigados-y valga como dato de esa enormidad que el sumario incoado el 23 de setiembre de 1940 contra Cipriano Rivas Cherif (cuñado y confidente del presidente Azaña) y el bilbaino Julian Zugazagoitia Mendieta, socialista y ex ministro de gobernación, posteriormente fusilado, llevaba el numero100.159-y miles de ajusticiados, alrededor de 50.000 sin juicio, según el autor. Franco fué infomado de que desde abril de 1939, fecha de la victoria franquista, los tribunales castrenses habían condenado a 40.000 personas por "rebelión".

La comisión especial presidida por Idelfonso Bellón, presidente del Tribunal Supremo de los franquistas y del que formaba parte Rafael Aizpún, padre del Fundador de Unión del Pueblo Navarro, tenía como misión reunir las pruebas necesarias para "demostrar plenamente la ilegitimidad de los poderes actuantes en la República Española el 18 de Julio de 1936". Dicho de otro modo, lo que se esperaba de ella era que probara que quien se había sublevado en julio de 1936 había sido el gobierno republicano y no el ejército. En menos de seis semanas, la comisión Bellón, por aclamación unánime, dictanimó que la insurrección franquista "no puede ser calificada, en ningún caso, de rebeldía". Por lo tanto, rebeldes eran los republicanos y su gobierno " sustancial y fundamentamente, ilegítimo". Serrano Suñer, que inspiró y supervisó el trabajo de la comisión, con toda seguridad movido por el ansia de venganza pues dos de sus hermanos habían sido asesinados en el Madrid republicano, dejó escrito en sus memorias, publicadas dos años después de la muerte de Franco, que el castigo contra los republicanos por el delito de rebelión militar, era "absurdo": se trataba sencillamente de la "justicia al reves".

Ésta confesión de Serrano Suñer era despreciable por tardía, dado que llegaba con 40 años de retraso; por cobarde, dado que nunca la habría publicado con Franco vivo; y por parcial, pues dejó de contar su intervención directa en la persecución de dirigentes nacionalistas como el presidente Companys o el lehendakari Aguirre y de republicanos como los ya mencionados Rivas y Zugazagoitia y, antes que ningún otro, del presidente de la República, Manuel Azaña Díaz.


Artículo de TXEMA MONTERO
Editado: en el periódico DEIA

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